En este espacio podrá hacer la Solicitud de permiso temporal de uso de espacio público para actividades de reactivación económica, de conformidad con los lineamientos de la Alcaldía Local de Suba y el Decreto Distrital 552 de 2018.
Requisitos para el trámite
Radicar la siguiente documentación dentro de los 30 días anteriores a la realización del evento, a través de la página web de la Alcaldía Local de Suba:
Copia del documento de identidad del solicitante
Plan de Manejo
SUGA de baja complejidad
Certificado de residencia expedido por la Secretaría Distrital de Gobierno.
Caracterización de participantes Descargar
Información general del trámite
Este trámite no tiene costo y no requiere de ningún intermediario para su gestión.
En caso de ser requerido consulte la normativa aplicable.
Normatividad aplicable
Decreto Distrital 552 de 2018. "Por medio del cual se establece el Marco Regulatorio del Aprovechamiento Económico del Espacio Público en el Distrito Capital de Bogotá y se dictan otras disposiciones".
Resolución No. 117 de 2021. “Por medio de la cual se prorroga nuevamente la vigencia de la resolución No. 251 de fecha 15 de octubre de 2020 mediante la cual se establecieron disposiciones transitorias en materia de aprovechamiento económico del Espacio público en el Distrito Capital de Bogotá, reglamentado por el Decreto 552 de 2018, reactivación económica a Cielo Abierto.
Resolución 118 de 2021. “Por medio de la cual se prorroga la vigencia de la Resolución No. 232 de6 de octubre de 2020 mediante la cual se establecieron disposiciones transitorias en materia de aprovechamiento económico de Espacio Público en el Distrito Capital de Bogotá, reglamentado por el Decreto 552 de 2018, Food Trucks”.
Acuerdo Local 003 de 2005. “Por medio del cual se deroga el acuerdo 01 de marzo de 2004 y reglamenta el uso temporal de espacio público, y se determina y relaciona los espacios locales para la celebración de actos culturales, deportivos, recreacionales y de mercados temporales”.